La medida cautelar de la Liga de Fútbol de Salto ordena al Estado Nacional la suspensión de los artículos 335º y 345º del DNU Nro. 70/2023, publicado en el Boletín Oficial para el ingreso de las Sociedades Anónimas Deportivas al ambito del fútbol nacional.
La medida cautelar de la Liga de Fútbol de Salto ordena al Estado Nacional la suspensión de los artículos 335º y 345º del DNU Nro. 70/2023, publicado en el Boletín Oficial para el ingreso de las Sociedades Anónimas Deportivas al ambito del fútbol nacional.



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